29 Noviembre, 2023

Convocadas las ayudas para la rehabilitación de accesibilidad en edificios y viviendas

Rampa de acceso

El Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística del Gobierno de Aragón ha convocado ayudas destinadas a la rehabilitación de accesibilidad en edificios y viviendas, correspondientes al Plan de Vivienda 2022-2025.

La orden con los detalles de esta línea de subvenciones se publicaba en el Boletín Oficial de Aragón de fecha 30 de de octubre, y el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, y se iniciará el día 4 de diciembre.

Orden FOM/1489/2023, de 24 de octubre, por la que se convocan subvenciones para la rehabilitación de accesibilidad en edificios y viviendas, correspondientes al plan de vivienda 2022-2025.

  • Línea 1. Accesibilidad de viviendas individuales, tanto unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, como viviendas en pisos de edificios de tipo residencial colectivo.

    • Vivienda habitual y permanente – mantener los 5 años siguientes a la concesión
    • Habitada por personas con discapacidad 33% y/o mayor de 65 años
    • Antigüedad vivienda: anterior a 2006 (permite excepciones)
    • Se deberá de aportar un informe técnico y un proyecto o memoria técnica
    • La obra contará con todas las autorizaciones necesarias
    • Límites máximos de la subvención:
      • 12.500€ por vivienda unifamiliar.
      • 6.000€ por vivienda en edificio de tipología residencial colectiva.
      • 60 % del coste de la actuación.
    • Plazo ejecución 12 meses desde la concesión de la ayuda (puede ampliarse)
  • Línea 3. Accesibilidad de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva (de dos o más viviendas con elementos comunes).

    • Edificios finalizados antes de 2006 (permite excepciones)
    • 50% de la superficie construida - uso residencial de vivienda (excluye bajos)
    • 30% de las viviendas sean domicilio habitual cuando se solicitan las ayudas. Excepto:
      • Propietario único que haya realojado para hacer obras de mejora de la accesibilidad con compromiso de cumplir el 30% tras las obras
      • Inmueble donde habite una persona con discapacidad física que por falta de accesibilidad en zonas comunes este confinada en su vivienda.
    • Disponer del Libro del Edificio Existente donde se justifique el estado de accesibilidad y se haga la propuesta de mejora. Si no disponen del LEEX, aportar informe técnico
    • Acuerdo de la Comunidad y autorizaciones administrativas
    • Proyecto o memoria de las obras
    • Cuantía máxima de la subvención:
      • El 60 % del coste de la actuación
      • 9.000€ por vivienda y 90€/ m² de superficie construida de local comercial u otros usos, con un límite de 200 construidos de local por edificio
    • Plazo ejecución 24 meses desde la concesión de la ayuda (puede ampliarse)
    • Proyecto o memoria de las obras

Dirigidas a:

Viviendas y edificios ubicados en la CCAA (rural y urbano) cuyas obras no estén iniciadas, o lo estén después del 19/01/2022 terminadas o sin terminar.

Gastos subvencionables:

  • Honorarios de los profesionales intervinientes
  • Coste de la redacción de los proyectos en su caso
  • Informes técnicos y certificados necesarios
  • Gastos derivados de la tramitación administrativa y tributos

Actividad subvencionable hasta el 80% (sumando incluso otras ayudas para misma finalidad)

Actuaciones Subvencionables => Mejora de la accesibilidad:

  1. Ascensores, salva escaleras, rampas, automatismos para puertas y dispositivos para personas con discapacidad sensorial o intelectual
  2. Grúas o artefactos análogos, sistemas tecnológicos de guiado que permitan el uso a elementos comunes del edificio (jardines, zonas deportivas, piscinas..)
  3. Instalación de elementos de información, comunicación o aviso como
  4. señales luminosas y visuales, vibrotáctiles, o sonoras que permitan la orientación en el
  5. uso de escaleras, ascensores y del interior de las viviendas.
  6. La instalación de productos de apoyo a la audición
  7. La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior (videoporteros)
  8. La instalación de dispositivos de alarma en el ascensor que garanticen un sistema de comunicación visual, auditiva y bidireccional
  9. La instalación domótica y de otros avances tecnológicos
  10. Intervenciones que faciliten la accesibilidad universal en el interior de las viviendas
    (espacios de circulación, baños y cocinas, etc.)  así como las obras necesarias y complementarias sobre elementos relacionados con la actuación de mejora de accesibilidad universal y cuyo mal estado de conservación aconseje la intervención.
  11. Cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB-SUA (mejora de nivelación de la cabina del ascensor)

Beneficiarios, personas físicas o jurídicas que asuman el gasto:

  1. Propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fla.
  2. Las propietarias o usufructuarias de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva.
  3. Las propietarias o usufructuarias de viviendas incluidas en un edificio de tipología residencial de vivienda colectiva.
  4. Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
  5. Las sociedades cooperativas de viviendas.
  6. Las propietarias que, de forma agrupada sean propietarias de edificios.
  7. Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas.

Permite que la persona arrendataria sea beneficiaria de la ayuda previo acuerdo con la persona propietaria y acordando costear a cargo de la renta arrendataria una parte o la totalidad del coste.

Plazo de presentación de solicitudes

Será de un mes y se iniciará el 4 de diciembre de 2023.

Trámite

Telemático y/o solicitud de cumplimentación electrónica con posterior entrada en registro.

Para resolver cualquier duda, o si necesitas ayuda con la tramitación de las ayudas, puedes ponerte en contacto con nuestro Centros de Apoyo Social en Zaragoza (Telf. 976 701 701), Huesca (Telf. 974 23 06 46) y Teruel (Telf. 978 61 96 19).

Además en Zaragoza, el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Zaragoza ha habilitado una oficina para resolución de dudas y consultas en la calle Coso 98-100 2ª Planta

* Esta difusión se enmarca dentro del programa ‘Herramientas para la autonomía’, un proyecto que Fundación Dfa lleva a cabo en las tres provincias aragonesas con la colaboración del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS).

Ayudas para la mejora de la accesibilidad en viviendas y unifamiliares Zaragoza L1
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Ayudas para la mejora de la accesibilidad en edificios residenciales colectivos Zaragoza L3
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