2 Julio, 2026

Ayudas a la rehabilitación de viviendas del Ayuntamiento de Zaragoza

Plataforma salva escaleras

El Ayuntamiento de Zaragoza, a través de Zaragoza Vivienda, convoca Ayudas para la Rehabilitación de Viviendas y Edificios Residenciales, con dos líneas específicas para la mejora de la accesibilidad dotadas con 250.000 € y 2.500.000 € respectivamente

Línea 2.1: Obras puntuales de accesibilidad en edificios (Zonas Comunes)

La podrán solicitar Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios localizadas dentro del término municipal de Zaragoza

¿Qué actuaciones se pueden subvencionar?

El objetivo es alcanzar la accesibilidad universal o suprimir barreras arquitectónicas desde la vía pública hasta la puerta de entrada de las viviendas. Las obras subvencionables incluyen:

  • Instalación de ascensores nuevos o plataformas elevadoras verticales (quedan expresamente excluidas las sillas salvaescaleras y las plataformas inclinadas).

  • Bajadas de ascensores existentes a cota cero.

  • Construcción de rampas de acceso.

  • Cualquier otra reforma destinada a eliminar barreras físicas, sensoriales o intelectuales en zonas comunes.

Importante: El edificio debe haber superado la Inspección Técnica de la Edificación (ITE) si le corresponde por antigüedad. Las obras no pueden afectar a los muros de fachada (en cuyo caso se debería solicitar la Línea 1.1 - Obras integrales en edificios)

Cuantía y porcentaje de la subvención

  • Porcentaje máximo: Hasta el 40% del presupuesto subvencionable.

  • Cuantía máxima: Un límite de 6.000 euros por vivienda integrante del edificio

Línea 2.2: Obras de accesibilidad en el interior de viviendas

La podrán solicitar:

  • Propietarios o usufructuarios de viviendas particulares en el término municipal de Zaragoza.

  • Requisito clave: La vivienda debe constituir el domicilio habitual y permanente del solicitante.

  • Límite de rentas: Los ingresos de la unidad de convivencia no deben superar 4,5 veces el IPREM ponderado.

¿Qué actuaciones se pueden subvencionar?

  • Reformas dentro de los elementos privativos de la vivienda que eliminen barreras arquitectónicas y logren la accesibilidad universal (por ejemplo, adaptación de baños, ensanchamiento de puertas, etc.).

  • No se otorgarán fondos para otras reformas que se realicen simultáneamente en la vivienda y que no guarden relación directa con la accesibilidad.

Cuantía y porcentaje de la subvención

  • Porcentaje máximo: Hasta el 50% del presupuesto subvencionable.

  • Cuantía máxima: Un límite total de 6.000 euros por ayuda.

Plazos de solicitud para las ayudas de accesibilidad

El periodo de entrega varía según el tipo de línea, pero el orden de registro es crucial dado que el régimen es de concurrencia competitiva simplificada (se otorgan por riguroso orden de presentación hasta agotar fondos):

  • Plazo Línea 2.2 (Viviendas): Comenzó el 30 de junio de 2026.

  • Plazo Línea 2.1 (Edificios): Se iniciará el 15 de octubre de 2026.

  • Fecha de cierre final: Todas las líneas permanecerán abiertas hasta el 31 de diciembre de 2027 (o hasta el fin de los fondos de la partida presupuestaria).

Requisitos generales y obligaciones del beneficiario

Para no incurrir en causas de denegación o revocación, los beneficiarios deben comprometerse a:

  1. Ejecución de obra y permisos: Contar con las autorizaciones urbanísticas (licencias) requeridas y ejecutar las obras según la memoria o proyecto aportado.

  2. Solicitud de tres ofertas: Si el presupuesto de las obras supera los 40.000 € (sin IVA), es obligatorio solicitar un mínimo de tres presupuestos a diferentes constructoras y reflejar en un acta de la Comunidad de Propietarios el criterio de elección.

  3. Incompatibilidad: Estas ayudas no son compatibles con ninguna otra subvención o ingreso destinado al mismo objeto o finalidad.

  4. Publicidad: Se debe colocar un cartel o lona publicitaria del diseño oficial de Zaragoza Vivienda en la fachada principal del edificio durante la obra.

  5. Auditoría de cuentas: En ayudas que igualen o superen los 50.000 €, se exige justificar el gasto mediante un informe emitido por un auditor de cuentas inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC).

Documentación necesaria para la solicitud

Toda la documentación debe presentarse digitalmente en formato .PDF a través de la Plataforma de Ayudas a la Rehabilitación de Zaragoza Vivienda (mediante firma electrónica).

Documentos para la Línea 2.1 (Edificios Comunidades):

  • Certificado de acuerdo de la comunidad: Conforme al modelo oficial (Anexo 2), donde conste la aprobación por las mayorías legales de la Ley de Propiedad Horizontal y las cuotas de participación.

  • Listado de propietarios/usufructuarios: Nombres, apellidos, NIF, direcciones completas y sus porcentajes de participación.

  • Declaración responsable: De no haber pedido otras ayudas para la misma finalidad (Anexo 3).

  • Informe técnico o Libro del Edificio Existente: Suscrito por técnico competente que evalúe el estado del inmueble.

  • Proyecto técnico básico o de ejecución: Visado por el colegio oficial. Si la obra no requiere proyecto por normativa urbanística, se aportará una memoria técnica detallada.

  • Presupuestos económicos: Documentación que desglose detalladamente los costes de la actuación.

  • Registro ITE: Copia del registro de la Inspección Técnica de la Edificación efectuada.

Documentos para la Línea 2.2 (Viviendas Privadas):

  • Presupuestos o facturas proforma: Que justifiquen el importe total de las obras de accesibilidad solicitadas.

  • Fotografías en color: Del estado inicial de los espacios y elementos sobre los que se va a intervenir, que sirvan para justificar la necesidad del cambio.

  • Documentación de identidad y rentas: Datos relativos a la unidad de convivencia para comprobar que no se superan las 4,5 veces el IPREM.

¿Cómo tramitar la solicitud?

La tramitación se realiza de manera 100% telemática en el portal web oficial: https://www.ayudas-rehabilitacion-zaragoza.es/. El sistema requiere identificación digital mediante firma electrónica basada en "wallet ID".

De forma excepcional, quienes no utilicen canales telemáticos pueden presentar los archivos digitales presencialmente con cita previa en la Unidad de Información (UIAC) de Zaragoza Vivienda, ubicada en la Calle San Pablo, 48, de Zaragoza (Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas).

¿Tienes dudas? Ponte en contacto con nosotros en el teléfono 976 59 59 59 y pide cita en nuestro Centro de Apoyo Social.

* Difusión enmarcada dentro del programa ‘Herramientas para la autonomía’, un proyecto que Fundación Dfa lleva a cabo en las tres provincias aragonesas con la colaboración del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS).

 

Convocatoria de Ayudas de Zaragoza Vivienda para la Rehabilitación Residencial
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