Diferencias entre incapacidad y discapacidad

hombre en silla de ruedas trabajando con un ordenador

Incapacidad y discapacidad son conceptos jurídicos distintos, aunque con frecuencia se confunden porque ambos están relacionados con limitaciones derivadas de una condición de salud. Sin embargo, no significan lo mismo ni tienen las mismas consecuencias legales. 

La incapacidad mide la pérdida de aptitudes laborales específicas, mientras que la discapacidad evalúa limitaciones globales para la vida diaria, incluyendo aspectos como la movilidad reducida.

Incapacidad permanente

La incapacidad permanente es reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y está regulada en los artículos 193 a 200 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Se clasifica en cuatro grados:

  • Incapacidad permanente parcial: Disminución compatible con el rendimiento normal para la profesión habitual.
  • Incapacidad permanente total: Imposibilita al trabajador para realizar todas o las fundamentales tareas de su profesión habitual, pudiendo dedicarse a otra distinta
  • Incapacidad permanente absoluta: Inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio
  • Gran Incapacidad: Situación del trabajador afecto de incapacidad permanente que necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida

La declacación de incapacidad permanente otorga una prestación económica vitalicia,

Discapacidad

El certificado de discapacidad es expedido por los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas de acuerdo al RD 888/2022, obteniéndose las principales ventajas al alcanzar el 33%. Este grado combina diferentes baremos que evalúan:

  • Deficiencias físicas, psíquicas, intelectuales o sensoriales
  • Barreras ambientales y sociales que limitan la participación plena en la sociedad
  • Movilidad reducida: Una puntuación igual o superior a 25 puntos determina la condición de Persona con Movilidad Reducida.

No asocia una prestación económica directa, pero su reconocimiento junto con otros requisitos puede permitir acceder a otros beneficios o prestaciones.

Las personas beneficiarias de incapacidad permanente pueden acogerse a algunos de esos beneficios destinados a personas con discapacidad, siempre y cuando así se señale expresamente por norma legal, por ejemplo, en derecho al trabajo o IRPF.

 

*Enmarcado en la convocatoria del Plan de Prioridades de COCEMFE financiado por Fundación ONCE