18 Octubre, 2022

Aprobado el nuevo baremo de valoración de la discapacidad

Una mujer en silla de ruedas observa el exterior desde el interior de una habitación

El Gobierno de España aprobó este martes, a través del Consejo de Ministros, el nuevo baremo para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. De esta forma se deja atrás una normativa considerada desfasada y se abre un nuevo panorama en el que la percepción de la discapacidad no se centra exclusivamente en la perspectiva médica, sino que incorpora una visión más global y psicosocial.

Entre los objetivos prioritarios de esta actualización -el anterior Real Decreto databa de 1999-, está el de agilizar los trámites a través de medios telemáticos, asegurando la accesibilidad universal de todo el proceso.

Otro aspecto destacable de la nueva normativa es que establece un trámite de urgencia para personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), enfermedades raras y víctimas de violencia machista. Se trata de un paso adelante en la valoración y calificación de estas realidades que causan discapacidad

El nuevo baremo posibilita la revisión progresiva a medida que aparezcan nuevas causas de discapacidad o se realicen nuevos descubrimientos científicos. Además, la normativa garantiza el derecho a los menores con discapacidad a ser «informados, oídos y escuchados sin discriminación por razón de la edad o discapacidad» y se incluye a la sociedad civil como integrante de la Comisión de Valoración de la Discapacidad.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) celebra esta decisión del Ejecutivo que permitirá, a su juicio, una nueva valoración del grado de discapacidad «más ajustada a la realidad».

¿Cuáles son los nuevos grados de discapacidad según el nuevo baremo?

Grados de discapacidad
  • Grado/Clase 0: Discapacidad nula. Sin dificultad evaluable para la realización de actividades de la vida diaria. 0-4%.
  • Grado/Clase 1: Discapacidad leve. Dificultad leve en la realización de actividades de la vida diaria; es independiente en casi todas. 5-24%.
  • Grado/Clase 2: Discapacidad moderada. Dificultad moderada en la realización de actividades de la vida diaria; es independiente en los autocuidados. 25-49%.
  • Grado/Clase 3: Discapacidad grave. Dificultad grave en la realización de actividades de la vida diaria, incluidos los autocuidados. 50-95%.
  • Grado/Clase 4: Discapacidad total. Imposibilidad en la realización de casi todas las actividades de la vida diaria, incluidos los autocuidados. 96-100%.

¿Qué cambia con este nuevo baremo de discapacidad?

  • Fija un trámite de urgencia para los más vulnerables. Personas con enfermedades degenerativas, como la ELA o mujeres víctimas de violencia machista podrán acogerse a este trámite de urgencia.
  • Agiliza y flexibiliza los trámites a través de medios telemáticos, asegurando la accesibilidad universal de todo el proceso.
  • Avanza en la valoración y calificación de realidades que causan discapacidad, como los autismos o las enfermedades raras. La norma, de hecho, posibilita su revisión a medida que surjan nuevas causas de discapacidad o se realicen nuevos descubrimientos científicos.
  • Garantiza el derecho de los menores con discapacidad a ser informados, oídos y escuchados sin discriminación por razón de la edad. También de las personas con un alto grado de discapacidad. Se les hará más partícipes del proceso y se les preguntará cuáles son sus necesidades y cómo les afecta la vida cotidiana. Una participación que hasta ahora no estaba garantizada.
  • Incluye a la sociedad civil de la discapacidad como integrante de la Comisión de Valoración de la Discapacidad.

Más información, en el Boletín Oficial del Estado.